Publicado en ECONOMIST & JURIST

Madrid, 4 de Mayo 2020
La Directiva Europea sobre Servicios de Pago, más conocida como PSD2 (Payment Services Directive 2), que entró en vigor el pasado 14 de septiembre de 2019, actualiza la directiva PSD de 2009 vigente en España que regulaba el mercado de los pagos electrónicos en la zona euro y, que con la entrada en vigor de nuevos operadores se había quedado obsoleta, siendo su renovación una necesidad.
El objetivo de esta nueva normativa es garantizar los pagos de internet, así como evitar el fraude estableciendo requisitos para su aplicación. Se exige a las entidades financieras la apertura de sus servicios de pago a terceros autorizados por los usuarios. Esas terceras partes son los proveedores externos de pago, denominados TPP (Third Party Providers) y que, según establece, la PSD2 existen dos tipos de entidades: los PISP (Payment Initiation Service Providers) que permiten realizar pagos mediante transferencia donde antes solo se podía hacer con tarjeta y los AISP (Account Information Service Providers) que recogen la información de las cuentas de los usuarios, de forma que estos accedan a todos sus datos bancarios a través de un único proveedor.

– Mayor transparencia e información. El usuario conocerá los gastos asociados a cada una de las operaciones que realice, además de condiciones de las mismas y plazo de ejecución, sin coste alguno aparejado.
– Facultad de rescisión de cualquier operación sin previo aviso, salvo que se pacte lo contrario. Esta facultad perderá la gratuidad, si el contrato entre usuario y entidad es inferior a seis meses.
– Rectificación de operaciones no autorizadas tan pronto tenga conocimiento de dicha operación. El usuario tiene el derecho a reclamar la devolución de la misma, y será el suministrador de pagos, en caso de discrepancias, el que demuestre que la operación se ha realizado acorde a la normativa de seguridad bancaria, que cuenta con la autorización pertinente y que su ejecución ha sido correcta.
– Reducción del fraude y aumento de la seguridad bancaria debido a la implementación de medidas de autentificación reforzada, utilizándose al menos dos de los siguientes tres métodos: inherente como pueden ser la huella dactilar, iris o reconocimiento facial; poseído en referencia a un elemento físico como la tarjeta, certificado digital o teléfono móvil; y en tercer lugar un elemento conocido, ya sea pin o contraseña.
La seguridad resulta prioritaria en la nueva normativa. En este sentido y de cara a contribuir en este nuevo escenario desde GDS Modellica proporcionamos plataformas inteligentes, analítica avanzada y técnicas de aprendizaje automático que ayudan a gestionar el riesgo, combatir el fraude y construir relaciones rentables entre las empresas y sus clientes aplicando estrategias adaptadas a cada necesidad individual.
El sector bancario, está utilizando la tecnología Open Banking para analizar el significado de dichos datos y aprovechar las estrategias y oportunidades comerciales. Dicha tecnología resulta fundamental en la contratación remota de productos y servicios financieros gracias a la mayor conectividad para recopilar y transferir datos, al Internet Of Things más integral y a la convergencia entre tecnologías fijas y móvil. De cara a este sector, implicará el despliegue definitivo de los asistentes virtuales, así como el incremento en la seguridad de las comunicaciones, a través del uso de tecnologías como el Blockchain o el Machine Learning.

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